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El Gobierno reglamentó la tenencia de silenciadores y miras nocturnas para armas: quiénes pueden registrarlos y cuáles son los requisitos
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El Gobierno reglamentó la tenencia de silenciadores y miras nocturnas para armas: quiénes pueden registrarlos y cuáles son los requisitos

  • - 2026-08-13

  • La medida fue oficializada mediante la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas, publicada en el Boletín Oficial.
  • También se establecieron nuevos procedimientos para armas heredadas y criterios para solicitar la portación de armas de guerra.


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